Nómina 101 para Pequeños Contratistas en California: Lo Que Necesitas Saber

Nómina 101 para pequeños contratistas California

Procesar la nómina correctamente es uno de los requisitos más importantes y complejos para los contratistas con empleados en California. Las leyes laborales del estado son de las más estrictas del país, y los errores en la nómina pueden resultar en multas costosas, demandas y hasta la pérdida de tu licencia CSLB. En Bookkeeping Champs, procesamos nómina para docenas de contratistas en Los Ángeles, Ventura y el Valle de San Fernando, y aquí te explicamos lo que necesitas saber.

Los Fundamentos de la Nómina para Contratistas en California

California tiene requisitos de nómina que van más allá de los federales en casi todos los aspectos. Entender estos requisitos desde el principio te ahorrará problemas costosos:

Frecuencia de Pago

California requiere que los empleados no exentos (los que califican para horas extras) sean pagados al menos dos veces al mes. Los días de pago deben establecerse con anticipación y seguirse consistentemente. No puedes cambiar los días de pago sin aviso adecuado a los empleados. Para los empleados exentos (supervisores y ciertos profesionales), la nómina puede ser mensual.

Reglas de Horas Extras Diarias

La hora extra en California se activa después de 8 horas en un día de trabajo, no solo después de 40 horas en la semana como en el sistema federal. Esto es crucial para los contratistas cuyos trabajadores a menudo hacen días largos. La tasa de hora extra es 1.5 veces el salario regular para las horas 9-12 del día y el doble del salario regular para las horas después de las 12. En el séptimo día consecutivo de trabajo en la misma semana, las primeras 8 horas son al 1.5x y las adicionales al 2x.

Períodos de Descanso y Comida

California requiere un período de descanso pagado de 10 minutos por cada 4 horas trabajadas (o fracción mayor de 2 horas). También requiere un período de comida no pagado de 30 minutos por cada 5 horas trabajadas. Si no proporcionas estos descansos, debes pagar una hora de salario adicional por cada período violado. Para los contratistas con muchos trabajadores de campo, esto puede acumularse rápidamente.

Los Impuestos de Nómina Que Debes Pagar

Como empleador en California, eres responsable de retener y/o pagar varios impuestos de nómina. Del lado del empleado (que retienes de su cheque): Federal Income Tax (tabla), California Income Tax (tabla), Social Security (6.2% del empleado), Medicare (1.45%), y State Disability Insurance (SDI, tasa cambia anualmente). Del lado del empleador (que pagas de tu bolsillo): Social Security (6.2%), Medicare (1.45%), Federal Unemployment (FUTA, 6% sobre los primeros $7,000), y California Unemployment Insurance (UI, hasta 6.2% sobre los primeros $7,000).

Declaraciones de Nómina Requeridas

La nómina genera numerosas declaraciones periódicas. Federalmente: Formulario 941 trimestral (impuestos de nómina federales), Formulario 940 anual (FUTA), W-2 para cada empleado (enero 31), y 1099-NEC para contratistas independientes (enero 31). Estatalmente: DE 9 y DE 9C trimestral al EDD (impuestos de nómina estatales) y los W-2 y 1099 que también van al estado de California.

For more information, see our guide on contratar tu primer empleado en California.

For more information, see our guide on seguro de compensación laboral.

For more information, see our guide on pagar a subcontratistas y emitir formularios 1099.

For more information, see our guide on requisitos de salario prevaleciente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué debe aparecer en el talón de pago en California?

California tiene requisitos muy específicos sobre lo que debe aparecer en cada talón de pago (pay stub). Debe incluir: el nombre del empleado y del empleador, número de seguro social (puede ser parcial por privacidad), fechas del período de pago, horas trabajadas (ordinarias y horas extras separadas), tarifas de pago para cada tipo de hora, todas las deducciones listadas por separado, y el ingreso bruto y neto del período y del año hasta la fecha.

¿Qué pasa si me retraso en depositar los impuestos de nómina?

El IRS y el EDD de California cobran penalidades significativas por depósitos tardíos de impuestos de nómina. Las penalidades federales van del 2% al 15% del impuesto no depositado a tiempo, dependiendo de cuántos días de retraso. El IRS también puede cobrar intereses. En casos graves de incumplimiento, los propietarios y directores del negocio pueden ser personalmente responsables de los impuestos de nómina no pagados (el “Trust Fund Recovery Penalty”).

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